Registros públicos

Según RCW 42.56.250: «La siguiente información sobre empleo y licencias está exenta de inspección pública y copia en virtud de este capítulo: (4) La siguiente información en poder de cualquier agencia pública en los registros de personal, los registros relacionados con el empleo público, las listas de voluntarios o la incluye en cualquier lista de correo de empleados o voluntarios de cualquier agencia pública: direcciones residenciales, números de teléfono residenciales, números de teléfono inalámbrico personal, direcciones de correo electrónico personales, números de seguro social, números de licencia de conducir, números de tarjetas de identidad, nómina deducciones, incluida la el monto y la identificación de la deducción y la información de contacto de emergencia de los empleados o voluntarios de una agencia pública, y los nombres, fechas de nacimiento, direcciones residenciales, números de teléfono residenciales, números de teléfono inalámbricos personales, direcciones de correo electrónico personales, números de seguro social e información de contacto de emergencia de los dependientes de empleados o voluntarios de una agencia pública». Se recuerda a las agencias que consulten con sus respectivos oficiales de registros públicos o fiscales generales adjuntos (AAG) asignados para considerar cualquier problema de registros públicos que pueda surgir. Las agencias deberán cumplir con todos los requisitos de retención de registros públicos existentes y, al mismo tiempo, compensar a los miembros elegibles. Los miembros elegibles deben saber que, durante su participación, los documentos escritos, incluidos los archivos digitales, los correos electrónicos, los pagos, las solicitudes de reembolso, etc., pueden estar sujetos a la Ley de Registros Públicos (PRA) y deben consultar con el oficial de registros públicos de la agencia para obtener más información.